● El Decreto Supremo 29783 y la decadencia de los Colegios de Abogados.

Dictado por el gobierno el Decreto Supremo Nº 29783 (Dispone gratuidad de inscripción y regula cobros excesivos), como arpías heridas en el ego logiero y los bolsillos mal habidos, los Colegios de Abogados del país sacaron sendos pronunciamientos en contra de esta norma y llorando ante posibilidad de dejar de existir en la práctica.

Pero, ¿Qué son y que hacen estos entes?, pues no son mas que asociaciones privadas de profesionales, parangones de sindicatos que injustificadamente han asumido el rol de rectores de la profesión de la abogacía. Si bien nadie puede privar a nadie de constituir asociaciones privadas ya que a pesar de todo éste es un país libre, tampoco nadie puede obligar a nadie a pertenecer a una asociación privada y menos prohibirle el derecho de ejercer su profesión si no se afilia a la misma.

Analicemos los mitos que supuestamente justifican la existencia de los colegios de abogados:

1. Son entidades que protegen a la ciudadanía de las malas prácticas de la abogacía.- Abogados controlando a los mismos abogados, esto no es más que un mal chiste, un club de amigos con tinte logrero y partidista que lo único que hacen es proteger a su gremio, o mejor dicho a los grupos de poder internos del gremio, en la que además sus dirigentes embargan la voz de sus bases hablando y tomando posiciones políticas e interesadas a nombre de todos. Los órganos reguladores y controladores del ejercicio de las profesiones deben ser entidades dependientes del Estado, en el caso de los abogados ya existe un registro en las cortes superiores, eso debería bastar para el ejercicio de esta profesión en todo el país.

2. Son legítimas organizaciones que velan los intereses de todos los abogados.- Esto tiende a ser cierto por lo menos desde una mirada general, aunque claro, por las características actuales de su funcionamiento, muchos abogados de base sino la mayoría denuncian más bien perjuicios antes que beneficios a la hora de evaluar a los colegios de abogados. De todas maneras siguiendo la línea ya expuesta, si bien no hay porque ir en contra de que los abogados puedan asociarse supuestamente para proteger al gremio, esta asociación debería ser, por lógica democrática, totalmente voluntaria dejando al análisis individual de cada profesional la decisión de afiliarse en base a su conveniencia o no, pero dejando en claro que esta instancia no tiene nada que ver con la legalidad del ejercicio de la profesión.

No obstante de que el Decreto Supremo Nº 29783 intenta darle mayor racionalidad al tema, el rol de los Colegios de Profesionales en Bolivia tarde o temprano tendrá que se repensado, y la tendencia lógica se dirige a la eliminación de la obligatoriedad de afiliación a los mismos, y la creación de otras instancias mas serias y no privadas para el registro y control del ejercicio de las profesiones en el país. Ojala esto ya pudiera darse inmediatamente, aunque lo más probable es que se dé a partir del reacomodo normativo que habrá en la estructura del estado si se aprueba de la nueva CPE.

El pasquinero

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